Todos los Municipios chaqueños pueden realizar las adecuaciones necesarias de sus estructuras orgánicas. Se crearán áreas u oficinas con competencia ambiental en el ámbito municipal. |
El Ministerio de Planificación y Ambiente informó que, mediante Resolución Nº 122/13, se puso en vigencia en todo el territorio chaqueño el Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (PPGIRSU), cuyo órgano de aplicación es la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
El Plan fue aprobado por la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, en diciembre de 2009, cuando el Ministerio de Ambiente de la provincia no estaba aún conformado como tal, siendo en ese momento la autoridad de aplicación el actual Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Debido al tiempo transcurrido desde dicha aprobación, la cartera de Planificación solicitó una actualización del plan, y de los fondos pertinentes para su ejecución, a fin poder cumplir con de la puesta en vigencia de los plazos estipulados por ley nacional 25.916 de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios. En este sentido, cabe recordar que la provincia del Chaco sancionó el 14 de agosto de 2012 la Ley Provincial de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) Nº 7034, y su Decreto Reglamentario N° 2417/12, mediante la cual se establecen los procedimientos de gestión integral de los RSU y los mecanismos para la implementación de una política que coordine las acciones del estado provincial y los estados municipales. Entre las disposiciones complementarias de la ley, se invita a los Municipios a realizar las adecuaciones de sus estructuras orgánicas que resulten necesarias para la ejecución de los Programas de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU). Por ello, se encuentra en proceso de creación las áreas u oficinas con competencia ambiental en el ámbito municipal, que se encarguen de la ejecución de dichos programas municipales. La ley provincial establece, además, que los municipios podrán asociarse en regiones ambientales a los fines de una gestión mancomunada de sus RSU, teniendo en cuenta criterios de proximidad, afinidad, intereses y necesidades comunes, aprovechamiento de economías de escala o externalidades territoriales. FUENTE: |