Argentina | Entre Ríos | 24-02-2016

Luego de la audiencia informativa realizada on representantes de la Municipalidad de Paraná y del Foro Ecologista de Paraná, la jueza Civil y Comercial Nº 8 de Paraná, María Andrea Morales, en el marco de la Causa Nº 14111 – Año 2008 “Foro Ecologista de Paraná c/Municipalidad de Paraná s/ejecución de sentencia”, dispuso que a partir del 1º de abril del corriente año, se proceda a la separación domiciliaria y recolección diferenciada de los Residuos Sólidos Urbanos –RSU- en todo ámbito de la ciudad de Paraná.
La resolución se tomó luego de la Audiencia Informativa que se realizó la mañana de hoy en la sede del juzgado entre la Magistrada y los representantes de la Municipalidad de Paraná y del Foro Ecologista de Paraná.

Por la Municipalidad se encontraban presentes el secretario Legal y Técnico de la Municipalidad, Walter Rolandelli, la subsecretaria de Ambiente Sustentable Ing. Agrónoma Rosa Hojman, el secretario General de Derechos Humanos, Eduardo Solari, el Fiscal del Estado Municipal, Francisco Avero.

En tanto por el Foro Ecologista de Paraná asistieron la presidenta Daniela Verzeñasi, Daniel Verzeñasi y Alfredo Manfroni, acompañados de la Dra. Delma Abt.

La disposición prevé que se informe a la ciudadanía que los días lunes, miércoles y viernes, se recolectarán los residuos orgánicos; y los días martes, jueves y sábado los residuos inorgánicos.

Además se ordenó que en los contenedores existentes deberán colocarse carteles informativos sobre la forma de separar los RSU y los días y horas de recolección de cada uno. Asimismo deberán colocarse idénticos carteles en los lugares donde no se ha avanzado aún con la contenerización.

Todo esto sin perjuicio de la implementación simultánea de un programa de información, educación y concientización integral y permanente de la sociedad paranaense.

También se dispuso la realización de una nueva Audiencia Informativa, que se realizará en la sede del juzgado el próximo 29 de abril, a los fines de que el municipio informe sobre el cumplimiento de las medidas que se encuentran aún pendientes, entre ellas y fundamentalmente, el grado de avance y modo de la contenerización, y la relativa a la individualización del lugar de disposición final de la fracción de rechazo y saneamiento del volcadero.

FUENTE:
Análisis digital ( Argentina )