El titular del Departamento Ejecutivo señala al respecto que el proyecto mencionado cumple con los requisitos establecidos en la disposición normativa aludida, dado que contiene los lineamientos generales que permiten su comprensión e identificación, al tiempo que demuestran en primera instancia la viabilidad de la propuesta.
Destaca por otra parte que la iniciativa propone como base fundamental el tratamiento de los residuos sólidos urbanos mediante su valorización, es decir, “el re – aprovechando o re – uso de la mayor parte posible de los residuos secos y compostando los residuos húmedos y restos de poda, procurando de este modo – añade – que la fracción de rechazo sea la mínima posible a ser dispuesta en un sitio de disposición final seguro”.
Resalta asimismo que con relación a la situación social de los trabajadores informales de la basura que realizan sus actividades en el “Volcadero Municipal”, la propuesta es armónica con tales intereses sociales y mejora las condiciones laborales y socio – sanitarias, para el grupo de población involucrado en ese tipo de actividades.
Al analizar el proyecto desde el punto de vista tecnológico, el intendente Halle sostiene que “está en conformidad con los métodos modernos de tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos (plataformas y planta de reciclaje, planta de compostaje, relleno sanitario para la fracción de rechazo, captura y venteo de gases, rehabilitación del sitio contaminado, emplazamiento de paneles de energía solar), hecho – agrega – que la transforma en una iniciativa viable, del mismo modo que la localización del complejo (en las inmediaciones del “Volcadero”) hacen presumir una aceptación social de la misma”.
Es por los fundamentos precedentemente expuestos que solicita del cuerpo deliberante su tratamiento, estimando que con ello se estará “contribuyendo a solucionar uno de los problemas ambientales de más larga data y acuciantes de Paraná, tal que permitan mejorar las condiciones de vida de los paranaenses es su conjunto”.
El proyecto de Ordenanza establece en Pesos Dos Millones Ciento Noventa Mil ($ 2.190.000), más en concepto de Impuesto al Valor Agregado la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Mil Novecientos ($ 459.900), el monto del derecho de autoría de la Propuesta de Iniciativa Privada.
Este último concepto, incluye elaboración de propuesta, honorarios profesionales, gastos por relevamiento de datos, procesamientos de información, asesoramiento económico, ambiental y jurídico, gastos administrativos, viáticos y movilidad.
El proyecto fue girado a estudio de las comisiones de Salud, Acción Social y Medio Ambiente, de Iniciativas Privadas y de Legislación, respectivamente, del Concejo Deliberante.
FUENTE:
Agencia Periodística Federal (Argentina) 31-08-11
