Tras cuatro años de idas y vueltas con la ley 7.319, que obliga a los súper, hipermercados y comercios en general de la provincia a entregar a los clientes bolsas de materiales degradables, finalmente el Gobierno firmó el decreto reglamentario.
En consecuencia, dentro de un mes los municipios deberán multar a quienes no cumplan con la exigencia que apunta al cuidado del ambiente.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial el 4 de setiembre y desde esa fecha otorga un plazo de dos meses para que las comunas vayan tras los infractores. Por lo tanto, sólo quedan 30 días para que los comerciantes adquieran las ecobolsas a fin de evitar el pago de media unidad tributaria por cada bolsa plástica contaminante entregada.
Pese a ello, ante la consulta que UNO realizó a las autoridades de aplicación de los departamentos del Gran Mendoza la mayoría dijo desconocer la entrada en vigencia de la ley.
El monto de las sanciones crecerá con el transcurso del tiempo: durante el segundo año de aplicación, la multa se duplicará, en tanto al tercer año de su vigencia del cobro se pasará a la clausura definitiva del local.
Uno de los inconvenientes que en principio frenaron la reglamentación de la iniciativa del diputado Roberto Blanco (Concertación Plural) fue la falta de decisión del Ejecutivo respecto de los organismos que se encargarían de certificar la calidad de los materiales empleados en la fabricación. Aparentemente ese asunto también fue solucionado. Al respecto, Blanco explicó que “el decreto crea el registro de proveedores. A fin de registrarse, los fabricantes serán acreditados por el Instituto Nacional de Alimentos, que corroborará que las bolsas utilizadas sean de un material que no contamine”.
También deberá probarse la degradabilidad. “Quienes comercialicen este tipo de envoltorios deberán tener un certificado nacional o internacional que avale el cumplimiento de las normas ASTM, sobre la capacidad de degradación de las mismas”, agregó el legislador.
¿Qué tipo de bolsas se permiten?
La ley para que en Mendoza comiencen a entregarse bolsas ecológicas, que no impacten al medio ambiente, fue aprobada a mediados del 2004 y debería haber entrado en vigencia seis meses después, esto es en el 2005.
Sin embargo, además de los inconvenientes con la certificación de calidad, otro punto de discusión que demoró su puesta en marcha fue la decisión sobre el tipo de materiales que se permitirían. “Los comercios pueden distribuir bolsas oxobiodegradables, hidrobiodegradables, biodegradables o degradables. Sin embargo, son las primeras las que serán utilizadas, porque las técnicas están más avanzadas en ese sentido”, explicó Roberto Blanco.
La misma se produce a través de una nueva tecnología que coloca aditivos en el proceso productivo, cuya función es la oxobiodegradación del polietileno.
Buenos Aires se adelantó
El proyecto original sobre el uso de bolsas de materiales ecológicos que en Mendoza se sancionó en el 2004 –debería haber entrado en vigencia en el 2005– sirvió de ejemplo para que otras provincias imitaran la iniciativa local.
Sin embargo, los cuatro años de demora en la reglamentación y su posterior publicación en el Boletín Oficial de la ley provincial se convirtieron en una ventaja para que otros territorios pusieran en marcha leyes similares en un lapso menor de tiempo.
Tal es el caso de Buenos Aires, donde la norma al respecto sancionada en el 2008 entrará en vigencia el 15 de octubre próximo.
¿Cuál es el motivo del retraso en la implementación en Mendoza? Al momento de ser aprobada por ambas cámaras de la Legislatura local surgieron opiniones en contra que hicieron que la reglamentación normativa se cajoneara hasta el 2007, cuando tras su modificación hubo un intento por reglamentarla. Pero la discusión en torno de los términos técnicos utilizados (degradación o biodegradación), la inexistencia de este tipo de productos, el costo, la complejidad de la fabricación y certificación no hicieron más que frenar su puesta en marcha.
Diario Uno (Argentina) 07-10-09