Cutral Co > La proliferación de esquinas llenas de basura colmó la paciencia de los funcionarios de Servicios Públicos, que salieron a denunciar lo ocurrido en inmediaciones del cementerio donde los vecinos tiraron residuos después de cuatro extensos días de limpieza.

“Pasamos muchas horas para sacar toda la basura, nos llevamos de este sector 62 viajes de camiones para retirar todos los escombros y unas horas después de que terminamos vemos como tiraron basura otra vez, es indignante”, dijo el coordinador de Servicios Públicos, Humberto Soto.

Lo mismo ocurrió en inmediaciones del Jardín 15. “El servicio de recolección de residuos domiciliarios es ejemplar, pasa sin falta, respeta los horarios, yo no se porque la gente no lo usa, si es lo mismo sacar la basura cuando pasa el camión que tirarla en la esquina”, se quejó Soto.

En el barrio Brentana, donde se había trabajado intensamente, se realizó también una campaña para generar conciencia social sobre la necesidad de mantener las esquinas libres de basura.

Por su parte, el Código de Faltas -actualizado al año 2008- prevé abultadas multas referidas al manejo de residuos. A saber:

ARTÍCULO 50.- El que arrojare residuos sólidos o líquidos, desperdicios o elementos en desuso en la vía pública, baldíos, espacios verdes o cualquier lugar de uso público o privado no autorizado será sancionado con multa de 500 a 1500 pesos. Si la disposición de residuos se efectuare en canales, ríos, embalses o en sus cauces o lechos, aunque no sean peligrosos para las personas será sancionado con multa de 1000 a 3000 mil pesos.

ARTÍCULO 51.- El que instalare o mantuviere depósitos o vaciaderos para residuos no autorizados o en contravención a las normas reglamentarias, será sancionado con multa de 1000 a 3000 pesos.

ARTÍCULO 54.- El que incinerase residuos a cielo abierto será sancionado con multa de 500 a 1500 pesos. En caso de que se incineraren a cielo abierto residuos de productos que emanen gases tóxicos para la salud humana o el medio ambiente, el causante será sancionado con multa de 1000 a 3000 pesos. Cuando la incineración antes descripta proviniere de establecimientos comerciales o industriales la sanción consistirá en multa de 2000 a 5000 pesos. En caso de reincidencia podrá imponerse publicidad del comercio y multa aplicada a través de medios de comunicación.

Algunas cifras

Las estadísticas referidas al manejo de la basura en nuestro país, revelan datos alarmantes. Indican, por ejemplo, que los argentinos producen cerca de un kilo de basura diaria, llegando esta cifra durante el año pasado, a casi 16 millones de toneladas. Esto implica que si no se modifican nuestros hábitos actuales, la cifra continuará en aumento.

Es necesario, entonces, que asumamos la problemática como propia y contribuyamos en la tarea de revertir la situación, porque una Ciudad limpia también indica que sus vecinos son responsables. Debemos tomar conciencia respecto de las consecuencias que traen los basurales a cielo abierto, y que constituyen focos infecciosos que contaminan las napas subterráneas, generando enfermedades a los habitantes y una amenaza al ecosistema.

Fuente: La Mañana Neuquén – -Neuquén