Argentina | San Luis | 16-12-2013

Una de las normas legisla sobre una gestión integral de los residuos sólidos urbanos y la otra sobre los estudios de impacto ambiental.
Esta tarde, el gobernador, firmó los decretos. Una de las normas legisla sobre una gestión integral de los residuos sólidos urbanos y la otra sobre los estudios de impacto ambiental.
La de RSU (Residuos Sólidos Urbanos) busca establecer una gestión integral de los desechos domiciliarios mediante el reemplazo del basural a cielo abierto por un tratamiento que implica el reciclado y la correcta disposición final de los materiales orgánicos y los no reciclables.
La Gestión Integral de los RSU, GIRSU, comprende todas las etapas en la cadena de manejo: generación en el hogar, recolección, transporte, tratamiento, transferencia y disposición final.
“La ley naturalmente regula la obligación primaria de los Municipios de llevar adelante una adecuada Gestión Integral de los RSU, facultando a la Provincia a sancionar a los Municipios en caso de incumplimiento; prohibiendo los basurales a cielo abierto y su quema”, destacó la ministra de Medio Ambiente, Daiana Hissa.
La Ley de Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley N° IX-0876-2013) se desprende de una norma sancionada por la Nación en 2002, la Ley General del Ambiente N° 25.675, que establece presupuestos mínimos para las Provincias. Contempla, entre otras cuestiones, la obligación de la evaluación del estudio de impacto ambiental de toda obra o actividad que pueda degradar el ambiente o afectar la calidad de vida de la población, previo a su ejecución.
En base a esto, el Poder Ejecutivo Provincial fue operativizando esta herramienta mediante normativa provincial. Primero dictó la resolución 17-MMA-2010, que reguló el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, para luego, tras la experiencia adquirida, dictarse el Decreto N° 4504-MMA-2011. El 4 de diciembre se sancionó la ley IX-0876-2013 que hoy se promulgó.
Esta nueva legislación permite establecer el procedimiento definitivo de evaluación de impacto ambiental y los parámetros mínimos a los que deben ajustarse los procedimientos, tanto en jurisdicción provincial como municipal.
FUENTE:
El Diario de la República ( Argentina )